Castilla-La Mancha (31/7/2020) | Con fecha 30 de julio de 2020 se ha publicado en el D.O.C.M la Resolución de 21 de julio de 2020, por la que se convocan Subvenciones de apoyo a clubes y sociedades anónimas deportivas de máximo nivel de Castilla-La Mancha para la temporada 2019/2020, que puede encontrar en el siguiente enlace:
Presentación de Solicitudes: del viernes 31 julio al jueves 20 agosto del 2020.
Requisitos: establecidos en al apartado tercero de la convocatoria.
La acreditación de su cumplimiento se realizará de la siguiente forma:
a) Los requisitos previstos en las letras a), d), e), f) y g) se acreditarán mediante la presentación de la declaración responsable de la entidad beneficiaria firmada en su solicitud.
b) Los requisitos previstos en las letras b) y c) se acreditarán de oficio por la Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que las entidades interesadas se opongan expresamente a dicha comprobación en la casilla correspondiente del formulario de solicitud, en cuyo caso deberán aportar certificación positiva expedida por el órgano competente.
No será necesario acreditar la inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de Castilla-La Mancha, ya que el cumplimiento de este requisito se verificará de oficio por el órgano instructor.
Solicitudes y documentación
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática y exclusivamente con FIRMA ELECTRÓNICA del representante legal de la entidad a través del formulario habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección:
No se admitirán a trámite, las solicitudes presentadas por medios distintos a los anteriormente señalados.
La solicitud deberá ir acompañada obligatoriamente de la siguiente documentación:
· El anexo I "Criterios de valoración…." para aquellas entidades que concurren por deportes colectivos en la temporada 2019/2020 (anexo publicado en la sede electrónica).
· El anexo II "Criterios de valoración…." para aquellas entidades que concurren por deportes individuales en la temporada 2019/2020 (anexo publicado en la sede electrónica).
· Modelo 046 a nombre de la entidad que presenta la solicitud de subvención, que justifica haber abonado la cantidad de 8.58€, correspondientes a la tasa para la comprobación de estar al corriente de la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y la Junta de Comunidades, establecido en el apartado tercero 1 c) de la convocatoria, salvo que la entidad interesada no autorice expresamente a dicha comprobación.
· En caso de no autorizar a dicha comprobación, debe oponerse expresamente a la consulta por parte de la Administración y deberá aportar los certificados de estar al corriente con las tres administraciones anteriormente mencionadas.
· Toda la documentación complementaria que quieran aportar como información adicional a esta convocatoria debe ir digitalizada como archivos adjuntos incorporados a la solicitud telemática.
Es imprescindible para facilitar la comunicación del proceso de subvención que las entidades solicitantes, a través de su representante legal, se den de alta en la Plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección:
https://notifica.jccm.es/notifica
Esta documentación estará a disposición de las distintas entidades para que puedan consultarla en el Portal de Deportes en la siguiente dirección:
https://deportes.castillalamancha.es/subvenciones-y-ayudas/clubes%20y%20sad
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
La solicitud electrónica estará disponible en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha desde el 31 de julio de 2020 hasta el 20 de agosto de 2020, ambos incluidos.
Las solicitudes entregadas fuera de ese plazo no serán admitidas a trámite.