Estas nuevas disposiciones veían la luz la semana pasada dentro de la reforma fiscal aprobada en el Congreso de los Diputados que darán bonificaciones por contrataciones en entidades deportivas no profesionales sin ánimo de lucro.
FEDERACIÓN (26/11/2024) | Esta nueva disposición adicional para la Bonificación por contrataciones en este tipo de entidades deportivas no profesionales sin ánimo de lucro presenta el siguiente texto de forma literal según lo aprobado en el congreso de los diputados:
Tendrán derecho a una bonificación del cien por cien de la cuota empresarial por contingencias comunes, clubes, asociaciones o entidades deportivas no profesionales sin ánimo de lucro por los trabajadores a su servicio que actúen como entrenadores o monitores dedicados a la formación, preparación o entrenamiento de personas menores de dieciocho años.
En todo caso, a efectos de la presente disposición, se entenderá que un club, asociación o entidad deportiva sin ánimo de lucro reviste carácter no profesional cuando ninguno de sus deportistas – adscritos en cualquier disciplina, modalidad o categoría – estén sujetos a relación laboral según lo previsto en el artículo 1.2 del RD 1006/1985, de 26 de junio; por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales.Esta medida reducirá la presión fiscal que afrontan los clubes y entidades deportivas sin ánimo de lucro.
Estaremos muy pendientes en la Federación de Baloncesto de Castilla-La Mancha a cualquier tipo de información al respecto que siga surgiendo en cuanto se produzca, de su entrada en vigor y de las medidas adicionales y su desarrollo.











