DESCARGAR BASES DE LA CONVOCATORIA
B.O.P. nº 51 de fecha 15 de marzo de 2017
PLAZO DE SOLICITUD: Hasta el 5 de abril de 2017 (incluido)
SOLICITUD DE PRÓRROGA DE JUSTIFICACIÓN: Hasta el 30 de septiembre de 2017 (incluido)
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN: Hasta el 31 de octubre de 2017 (incluido)
DETALLES DE CONVOCATORIA
OBJETO DE LA CONVOCATORIA:
Subvenciones a Entidades Privadas Deportivas sin ánimo de lucro de la provincia de Toledo, para la realización de actividades en materia de deportes, durante el año 2017, hasta un máximo de 3.000 euros.
DESTINATARIOS:
Entidades Privadas Deportivas sin ánimo de lucro, que tengan su sede o domicilio social en alguno de los municipios de Toledo, constituidas como tales e inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Castilla La Mancha antes del 1 de enero de 2017.
Quedan excluidos:
- Los clubes que no hayan justificado la subvención concedida en el año 2016, excepto si han realizado renuncia expresa por escrito a la subvención concedida.
- Los gastos de actividades que sean objeto de una convocatoria específica por parte de la Diputación de Toledo., así como fiestas de clausura, exhibiciones, etc.
- En el caso de eventos deportivos, únicamente serán subvencionables aquellos que se realicen dentro de la provincia de Toledo.
SOLICITUDES:
Las solicitudes se presentarán en el plazo de QUINCE DÍAS a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo.
Lugares de presentación:
- En el Registro General de Diputación.
- A través de la Sede Electrónica de Diputación (http://diputacion.toledo.gob.es/procedimientos_y_servicios), en el apartado "Solicitud de Propósito General".
- En las oficinas de Correos (presentación a sobre abierto para su sellado).
- En cualquier otro registro previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Una vez presentadas las solicitudes, de observarse deficiencias, la Administración, a efectos de la Ley de Procedimiento Administrativo, notificará las mismas al email que figure en la solicitud para que procedan a su subsanación en el plazo de díez días, y si así no lo hicieran, se le tendrá por desistido de su petición, previa oportuna resolución emitida al efecto.
Se irán publicando en esta página web los listados con las solicitudes recibidas, incluyendo las deficiencias que presenten. Una vez terminado el plazo de subsanación se publicará un listado definitivo con todas las solicitudes.
RESOLUCIÓN:
El procedimiento de concesión de la presente convocatoria de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. La convocatoria se resolverá en el plazo máximo de tres meses a contar desde la terminación del plazo de presentación de solicitudes y se cursará su notificación a los interesados en el término de un mes desde su fecha.
JUSTIFICACIÓN:
La justificación de la subvención deberá presentarse antes del 1 de noviembre de 2017, dándose lugar, en caso contrario, a la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.
No obstante, con carácter excepcional, a instancia del beneficiario y siempre por causa debidamente justificada y documentalmete acreditada, en virtud de resolución del órgano concedente podrá prorrogarse el plazo de justificación, como máximo, hasta la finalización del primer trimestre natural del ejercicio inmediato posterior. La solicitud de prórroga deberá tener entrada antes del 1 de octubre de 2017.
Lugares de presentación:
- En el Registro General de Diputación.
- A través de la Sede Electrónica de Diputación (http://diputacion.toledo.gob.es/procedimientos_y_servicios), en el apartado "Solicitud de Propósito General".
- En las oficinas de Correos (presentación a sobre abierto para su sellado).
- En cualquier otro registro previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Tendrán la consideración de gastos subvencionables todos aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad objeto de subvención y se realicen en el año 2017, y con anterioridad a la expiración del plazo de justificación.
Los gastos subvencionables son:
- Material y Vestuario deportivo no inventariable
- Desplazamientos con empresas de transporte
- Gastos Federativos (Licencias, Arbitrajes, etc.)
- Publicidad y propaganda de las actividades deportivas a realizar
- Seguros relacionados con las actividades deportivas
- Gastos de avituallamiento que se realicen en el desarrollo de la actividad
ENTRADA EN VIGOR:
La presente convocatoria surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial" de la provincia de Toledo, concluyendo su vigencia el día 31 de diciembre de 2017.